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Jurismática

La empresa Pet Life LLC, de complementos y suministros para mascotas ha sido encontrada culpable de intento de secuestro inverso de dominios (Caso Pet Life LLC v. ROBERT RIESS / blue streak marketing LLC).

Esta empresa usa el dominio PetLifeCentral.com pero quería mejorar con PetLife.com, así que dijo que este dominio estaba ciberocupado porque no se estaba usando y estaba listado a la venta por un precio elevado de $100.000.

Pero el dominio fue registrado en 2003, mucho antes de que Pet Life empezara a usar su marca, por cierto figurativa. Así que lógicamente la marca no existente no podía estar en la mente de nadie en el momento del registro del dominio.

Los argumentos utilizados por Pet Life nos hacen recordar la pedagógica respuesta de Elliot J. Silver que decía entre otras cosas:

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El senador demócrata Ron Wyden ha presentado un proyecto de ley  para que los CEO y ejecutivos senior se responsabilicen de la protección de los datos de sus clientes estableciendo penas de prisión de hasta 20 años. También daría más poder a la FTC que podría poner sanciones sw hasta el 4% de sus ingresos por una primera sanción.

La ley permitiría a a FTC (Federal Trade Commission):

– Establecer unos mínimos de privacidad y ciberseguridad.

– Establecer las multas que hemos comentado antes.

– Crear un sistema nacional Do Not Track que impida a terceras partes vender, compartir o hacer publicidad en base a algoritmos que usen información personal.

– Dar a los usuarios mecanismos para revisar qué información personal tiene la empresa sobre ellos, con quien la comparte o a quien le vende esa información y tener mecanismoa para corregirla o cancelarla.

– Contratar más personal para auditar el mercado de la información privada.

Yahoo pagará por su fallo de seguridad

Jurismática 6 de noviembre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 0,12 minutos.

Yahoo ha accedido a pagar 50 millones de dólares en daños y ofrecerá dos años gratis a los 200 millones de clientes cuyo email y otras informaciones personales fueron robadas como conxsecuencia de un fallo de seguridad masivo.

Los eventos sucedieron en 2013 y 2014 pero no se supo nada hasta 2016.

Montar.com: Otro intento fallido de hacerse con el dominio vía UDRP

Jurismática 24 de octubre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 1,00 minutos.

La demanda Montar A/S vs Domain Administrator NameFind LLC por el dominio genérico montar.com fue DENEGADA.

El demandante es una empresa danesa que comercia en 30 países bajo el nombre Montar A/S calzado deportivo, ropa de equitación y accesorios.

Tiene una marca registrada en 2012 para MONTAR con la O figurando un estribo. Tienen el dominio montar.dk desde 2002.

El demandado tiene presencia en el mercado secundario con dominios genéricos que compra y vende. Montar.com se lo compró a Marchex. Asegura que dada la naturaleza genérica del dominio no hay una asociación directa con una marca concreta. De hecho hay 36 marcas a nivel mundial que incorporan montar.

El dominio estaba en venta por 8.500$.

El panelista único Clive Duncan Thorne denegó la demanda con estos argumentos, entre otros:

– Acepta que la marca es confusamente similar al dominio a pesar de la O figurativa.

Montar es un término de diccionario tanto en castellano como en portugués.

– El demandante no ha aportado pruebas de que el demandado quisiera aprovecharse de la fama de su marca o interferir en su negocio.

– El uso pasivo del demonio, como alega el demandante, en sí mismo no es pruba de mala fe a menos que venga acompañado y acreditado de pruebas de que el demandado conocía la marca del demandante y quería sacar provecho o interferir.

La primera ronda de multas por el GDPR en los próximos meses

Jurismática 17 de octubre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 0,17 minutos.

El regulador de la privacidad en Europa ha dicho que la primera ronda de acciones relativas al GDPR será ejecutada en los próximos meses.

Las nuevas normas diseñadas para la era digital permite a los consumidores tener un mejor control de sus datos personales y faculta a los reguladores imponer multas de hasta un 4% de los ingresos o 20 millones de euros para las violaciones más graves.

Blockchain como marca

Jurismática 4 de octubre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 0,34 minutos.

La empresa que tiene Blockchain.com y Blockchain.info ha presentado una demanda judicial contra el propietario de Blockchain.io alegando que infringen su marca Blockchain.

BLOCKCHAIN LUXEMBOURG S.A. & BLOCKCHAIN (US), INC. tienen una marca para su logo y derechos por el uso sobre el término blockchain, pero es dificil de entender como se puede diferenciar esta marca del concepto técnico en el que se basan las criptomonedas.

La empresa justifica la distinción diciendo que no afirma tener derechos exclusivos sobre el término que describe la tecnología de las criptomonedas pero sí sobre las marcas BLOCKCHAIN que se han usado en exclusiva para los productos Blockchain de la empresa.

La realidad es que lo tiene muy complicado porque cualquier empresa que quiera usar blockchain como marca no va a poder protegerlo.

UDRP: demostrar lo obvio o tomar una decisión equivocada por una buena razón

Jurismática 26 de septiembre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 1,03 minutos.

Los procedimientos UDRP son una buena herramienta para tomar el control sobre dominios que hacen phising o venden productos falsificados.

Pero hay que demostrar las tres condiciones que exige el UDRP.

En el caso Zimmermann Wear Pty Ltd vs ZimOutlet.com la web tiene apariencia similar a la de la demante y supuestamente vende mercancia falsificada.

El problema es que Zimmermann y Zim no son similares. El panelista David E. Sorkin comparó con otros casos donde sólo una parte de la marca es usada en el dominio:

– Fuji Photo Film U.S.A. Inc. v. Center for Ban on Drugs D2004-0970: fujfilm.com y FUJI

– Chevron Intellectual Property LLC v. Linda Hearn: chevoil.com y CHEVRON

– Tesco Stores Ltd. v. Mat Feakins: tes.co to y TESCO.

– Supercell Oy v. WhoisProxy.com Ltd / Jordan Rash, Application Automation: clashbot.org y CLASH OF CLANS

– Caterpillar Inc. v. Jonathan Scandreth: cataxles.com y CAT – CATERPILLAR.

– Anheuser-Busch Inc v. Dot Com Internet Solutions: budcommercials.com y BUD – BUDWEISER.

Estos casos difieren del actual porque el dominio incorpora solo tres caracteres de los 10 de la marca y no son suficientemente distintivo o dominantes en la marca. Tampoco el término genérico OUTLET genera una conexión directa con el demandante y sus productos.

David decía que era obvio que el dueño del dominio actuaba ma y que algunos panelistas tomaban la decisión equivocada por una buena razón. Pero la UDRP no está para estos casos.

Las 7 palabras que ya no están prohibidas en los dominios .us

.us (Estados Unidos) | Curiosidades | Jurismática 21 de septiembre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 0,59 minutos.

Tras la intervención de Electronic Frontier Foundation y Harvard University Cyberlaw Clinic, ahora es posible registrar dominios .us con las palabras shit, piss, fuck, cunt, cocksucker, motherfucker, tits.

Este cambio de política realizado por la NTIA (National Telecommunications y Information Administration), el Departamento de Comercio de los Estados Unidos y Neustar (Registro de los .us) viene propiciado por el caso del registro de fucknazis.us por Jeremy Rubin.

Rubin registró el dominio y creó la web en 2017 y tenía productos que con Ethereum permitía a los usuarios apoyar la oposición al antisemitismo y la supremacia racial tras los sucesos de Charlottesville.

Después de un litigio el dominio volvió a manos de Jeremy y se propició una re-evaluación de la politica de prohibir esas 7 palabras, que violaba la Primera Enmienda.

Estas 7 palabras fueron mencionadas por primera vez por el humorista George Carlin en 1972 en su monólgo "Las 7 palabras que no puedes decir nunca en televisión".

A eso siguió una demanda que llegó al Tribunal Supremo que estableció por 5 votos a 4 una regulación de la indecencia. Llevó a muchas redes de radiodifusión a autocensurarse. En 2010 un Panel de tres jueces en el Tribunal de Apelación de Nueva York dijo que era anticonstitucional y que violaba la Primera Enmienda a efectos de libertad de expresión.

Nombres personales como marca: difícil de probar

Jurismática 20 de septiembre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 0,44 minutos.

Los famosos pueden usar los procedimientos UDRP para usar sus nombres como dominios. Pero hay límites, el nombre debe ser usado como marca registrada o no y debe ser reconocido como tal.

Esto puede ser difícil de probar, especialmente si la persona no es una celebridad en los medios.

Por ejemplo en el caso Mary Pfaffko v. Domains By Proxy, LLC / Kristie Blevins. La demandante tiene una larga carrera como bióloga de vida salvaje. El demandado parece tener una especie de vendetta personal con la demandante.

El panelista Georges Nahitchevansky dijo que no había evidencias suficientes que soportaran derechos sobre el nombre. Además señaló que quizás la demandante hubiera hecho mejor en acudir a los tribunales de justicia que a la UDRP con su ámbito limitado.

Y todo ello a pesar de decir que no estaba complacido con la decisión, porque secuestrar un dominio por rencillas personales es una práctica abusiva. Pero la difamación queda fuera de la política UDRP.

Google, Twitter o Facebook tendrán una hora para eliminar contenido extremista

Jurismática 18 de septiembre de 2018 Tiempo estimado de lectura: 0,22 minutos.

Las autoridades europeas han propuesto nuevas leyes que afectan a empresas como Google, Twitter o Facebook.

Disponen de una hora para eliminar contenido extremista. En caso de que las empresas fallen podrían enfrentarse a multas de hasta el 4% de la facturación anual.

Estas nuevas normas van a presentarse en Salzburgo. Las plataformas de Internet que quieran ofrecer sus servicios en Europa deberán cumplir estas normas centradas en evitar la diseminación de contenido terrorista sobre todo. Se introducen fuertes salvaguardas de la libertad de expresión.