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Jurismática

Demandas judiciales por dominios ganados en subasta no pagados

Jurismática | Parking y subastas | Ventas 12 de julio de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,31 minutos.

El 12 de Abril de 2012 se vendió el dominio MD.org por 555.650$ en una subasta de NameJet. Ahora el vendedor del dominio, Privacy LLC, ha puesto una demanda judicial contra NameJet LLC por ruptura de contrato al negarse a pagar el dominio.

La demanda dice que el comprador, Scott Ross, era un hombre de paja, que actuó como cómplice en la ruptura del contrato. En Julio de 2008 Ross se hizo una cuenta en la plataforma  de compra-venta de dominios Namejet. Haciendo esto, estaba de acuerdo con los términos y condiciones de la misma.

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Acrónimo vuela, panelista disiente utilizando el sentido común

Jurismática 21 de junio de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,20 minutos.

Es bastante frecuente que haya procedimientos UDRP por dominios que pueden ser acrónimos que encajan con varias empresas o entidades. Suelen tener 3 o 4 caracteres y por su escasez tienen un valor intrínseco.

Un panel de tres expertos (Karen Fong, Edoardo Fano, Diane Cabell) ha otorgado el dominio adac.com a la empresa alemana ADAC e.V (Caso D2013-0411). Esta compañía, por cierto, no tiene ADAC.com, que pertenece a Abu Dhabi Airports Company. Algo que ilustra el hecho de que un acrónimo puede encajar con varias entidades. También que es difícil argumentar que se tenía en mente una de ellas en el momento del registro.

La panelista Diane Cabell disentía, utlizando simplemente el sentido común:

"Los acrónimos e iniciales deberían ser tratados como los dominios genéricos porque ellos tambíen tienen múltiples usos legítimos: algunos usuarios los pueden utilizar como acortadores de frases. Algunos acrónimos e inicales pueden ser registrados como marcas, sin embargo el hecho de que puedan ser utilizados legalmente por varias entidades hace difícil demostrar que había mala fe respecto a uno en concreto. No veo ninguna prueba que demuestre que el demandado tuviera en mente al demandante en el momento del registro.

Los dominios cortos compuestos de acrónimos o iniciales son más valiosos que otros porque tienen múltiples posibles usos debido a sus pocos caracteres. Si se va a afirmar que el precio pedido por ellos es excesivo, deberíamos exigir alguna prueba de que realmente excede lo que el mercado actual establece para estos activos.

Tampoco parece razonable pedir a los registrantes de dominios que busquen en todas las bases de datos a nivel mundial simplemente para evitar una aserción de mala fe. Es responsabilidad del demandante demostrar dicha mala fe."

Caso yu.com: Recusación y conflictos entre panelistas

Jurismática 15 de junio de 2013 Tiempo estimado de lectura: 3,14 minutos.

El caso de la demanda UDRP por Yu.com (D2012-2413) ha sido mucho más complicado de lo que en un principio parecía, a pesar de que todos los hechos del caso apuntaban a una clara victoria para el demandado, como al final ha sido.

El demandante Two Way afirmaba que tenía planes para comercializar una aplicación con el nombre Yu, a pesar de que aún no la había lanzado ni tampoco iniciado su venta. Todo esto
ponía el caso muy a favor del demandado: un acrónimo de dos letras registrado (2006) mucho antes que la marca (2012).

El dominio estaba en parking y el demandante dijo que no aceptaba por el menos de 1.67 millones de dólares.

Pero después de la demanda fuera tramitada, el demandante quería descartar a dos de los panelistas propuestos por el demandado para el Panel de tres:

– No le gustaba Neil Anthony Brown porque había sido solicitado por el abogado del demandado, Ari Goldberger, en cierto número de casos previos. Acusaba a Brown detener incentivos económicos para fallar a favor de Ari.

– El otro panelista propuesto no le gustaba porque era también norteamericano, como Ari. En la decisión no se especifica quién es este segundo panelista recusado.

La WIPO señaló que no se habían presentado pruebas que demostraran conflicto de interes con Brown. Además éste presentó una Declaración de Independencia e Imparcialidad. El demandante volvió a insistir que Brown fuera descartado y alegó que la decisión de la WIPO no había sido justificada.

La WIPO revisó casos precedentes para justificar su decisión. Había dos: Britannia Building Society v. Britannia Fraud Prevention y Kathleen Kennedy Townsend v. B. G. Birt.

Dijo que no había nada en la política UDRP que diera una base legal a ninguna de las partes para poner en tela de juicio la imparcialidad e independencia de un panelista. Las disputas administrativas UDRP de bajo coste y resolución rápida no son equiparables a los arbitrajes convencionales o a los procesos judiciales. Es obligación del Centro de Resolución de disputas tener una lista de panelistas imparciales e independientes.

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La reputación de luchar por tus dominios

Jurismática 6 de junio de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,46 minutos.

Frank Schilling

Hace dos días una empresa interpuso una demanda UDRP en el NAF por el dominio el dominio Klipz.com. El dominio pertenece a Name Administration del domainer Frank Schilling (en la foto).

En la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos sólo hay una marca registrada para el término Kliptz que data del año 2010. Frank Schilling tiene el dominio al menos desde el año 2006.

Según el criterio de Andrew Allemann, poner una demanda UDRP contra Frank Schilling, aunque sea legítimo es una pérdida de tiempo y de dinero. ¿Por qué?.

Si Name Administration ante una petición ve que el dominio claramente viola una marca registrada lo transferirá rapidamente sin más. Si no es así luchará hasta el final. De hecho, de las 31 demandas UDRP contra Name Administration que ha habido, ha ganado 30 y perdido 1. Y esa que ha perdido está en los tribunales de las Islas Cayman.

Además, después de perder una demanda Name Administration es probable que el precio del dominio suba…

Defender 1.000 acronimos

Jurismática 6 de junio de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,02 minutos.

Telepathy, la empresa del domainer Nat Cohen, ha conseguido defender el dominio Lgg.com de una UDRP que fue puesta en el Czech Arbitration Court (CAC, Caso ADREU 100558). Telepathy tiene el portafolio de dominios .com de tres caracteres más grande del mundo, con más de 1.000.

El demandante fue Valio Ltd, una empresa lactea finesa. Su argumento, clásico, fue que se había registrado y usado el dominio para evitar que esa empresa que tiene la marca LGG reflejara su marca en un dominio y también para vendérselo. Valio ofreció $10.000 pero Telepathy pdió 175.000$.

Poco sostenible, si se tiene en cuenta que Cohen registró esos 1.000 acrónimos .com en 1998, que la marca solicitada por la empresa para Estados Unidos fue rechazada en 1998 y que el demandante no registró lgg.fi hasta 2003.

El Panel (Alan Limbury, David Taylor y Thomas Hoeren) señaló que hay un buen número de decisiones UDRP previas que reconocen que invertir en acrónimos confiere intereses legítimos en el dominio (Por ejemplo, FA0612000860527 o D2000-0770). También señaló que el hecho de pedir 175.000$ por el dominio no es necesariamente indicio de mala fe, en particular cuando es una respuesta a una oferta del demandante.

El panel se inclina a pensar que el dominio fue registrado por su valor intrínseco como acrónimo, ya que la g (group) le confiere más valor que otros dominiso de tres letras.

Intento de secuestro inverso de dominios por abogado experto en marcas

Jurismática 31 de mayo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,46 minutos.

No presentes demandas frivolas

Frank Michael Weyer, abogado dedicado a la propiedad intelectual y marcas registradas, puso una demanda UDRP (Caso D2013-0510) que el Panel denegó y calificó como intento de secuestro inverso de dominios.

DomainSource.com, defendido por John Berryhill, registró el dominio iShades.com cuatro años antes de que Frank solicitara la marca para iShades y 5 años antes del primer uso comercial de la marca.

El Panel, formado por tres expertos, dijo que las afirmaciones de Weyer relativas a la falta de interés legítmo y mala fe por parte del demandado no estaban soportadas por pruebas, hechos o evidencias.

En contraste, el demandado presentó documentación que probaba que había adquirido el dominio años antes de que el demadante obtuviera la marca. Datos obtenidos del whois y del USPTO. El Panel dijo que era poco probable que el demandante no conociera estos hechos, y que de no conocerlos con una mínima diligencia podía haberlos obtenido en cuestión de minutos. Había abusado del procedimiento administrativo presentando una demanda frívola.

Un Tribunal Federal de California le ha concedido a Facebook 2,8 millones de dólares por ciberocupación. Los implicados son 10 propietarios de dominios, una empresa de parking y 105 dominios.

El Tribunal ha establecido una fórmula para determinar el daño por dominio que está basada en varios factores que incrementan los 5.000$ por dominio que se ha puesto como base, por ejemplo si el dominio era un typo o no o el contenido de la web a la que dirige.

Mientras que algunos dominios en parking redirigían a webs parecidas a Facebook, tenían notables diferencias. Por el contrario, en el caso de eAdGear la web era muy similar e incluso ofrecen el mismo tipo de productos.

Los demandados estaban inmersos en un patrón de ciberocupación, conducta para la cual fue diseñada la ley ACPA. Facebook demandaba 100.000$ en cada caso, el máximo establecido por la ley, sin embargo hay varios grados de violación en este caso denotados por ejemplo por el número de dominios o el historial de ciberocupación. Lo que está claro es que todos los demandados actuaron de mala fe intentando obtener una ganancia aprovechándose de la marca Facebook.

El número de dominios es indicio de mala fe, a más dominios más maliciosa es la conducta. Para aquellos acusados que regisraron menos de 10 dominios el Tribunal impone una multa base por dominio de 5.000$. Entre 10 y 19 10.000$, entre 20 y 29 15.000$, entre 30 y 39 20.000$ y entre 40 y 49 25.000$.

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El sorprendente caso de los dominios registrados en 1969

Jurismática 15 de mayo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,55 minutos.

CitizenHawk ha perdido una demanda UDRP (Caso FA1302001486522) claramente favorable para su cliente Advance Auto Parts donde los dominios eran typo:

advanceautosparts.com
advancwautoparts.com
advavceautoparts.com

El panel del caso dijo que CitizenHawk lo había tirado por la borda enviando documentación de WHOIS que indicaba que los dominios habían sido registrados en 1969.

Dado que CitizenHawk afirmaba que los dominios fueron registrados en 1969 y esa fecha era previa a la marca registrada de Advance Auto Parts (1994), el panel denegó la demanda.

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Malgastar tiempo y dinero

Jurismática 14 de mayo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,53 minutos.

El fabricante de fundas para iPads Charon International Trading Limited opera bajo el dominio theSnugg.com. Snug es un término genérico que significa cómodo o ajustado.

Y claro, querían un dominio mejor, por ejemplo snugg.com. Así que presentaron una demanda UDRP para hacerse con él (Caso Charon International Trading Limited v. Planet on Demand.com).

Charon tenía la marca registrada SNUGG en 2011, pero el demandado había registrado el dominio 12 años antes, en 1999. El panelista, Karl V. Fink, estimó que no había caso al ser el dominio muy anterior a la marca, no pudiéndose demostrar la mala fe en el registro exigida por la política UDRP.

¿Se conformó Charon?. No.

Fue en busca y captura de otro dominio, snug.com en manos del domainer Roy Messer. Como en el otro caso la empresa presentó otra demanda UDRP (Caso D2013-0762) por un dominio que también fue registrado en 1999.

El resultado iba a ser el mismo, así que Charon retiró finalmente la demanda UDRP.

Como abusar de las demandas UDRP no tiene penalización hay empresas que no dudan en malgastar tiempo y dinero en jugar a la ruleta de las UDRPs.

Los proveedores de demandas URS para las Nuevas Extensiones

gTLD | Jurismática 13 de mayo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,03 minutos.

URS (Uniform Rapid Suspension) es el mecanismo designado por la ICANN para suspender dominios de manera ágil en casos claros de violaciones de marca en las nuevas extensiones. Sus dos características distintivas son rapidez en el proceso y bajo coste.

El primer proveedor seleccionado por la ICANN fue el National Arbitration Forum (NAF). Hace menos de un mes fue seleccionado el segundo, el Asian Domain Name Dispute Resolution Centre (ADNDRC). Ambos tienen una amplia experiencia como proveedores de resolución de disputas UDRP y su elección favorece la distribución geográfica del servicio de procedimientos administrativos.

El NAF ha propuesto unas normas adicionales con cuantificación de tasas y reembolsos para el procedimiento URS, cuya revisión para incorporarlas o no está programada para el próximo 1 de Julio de 2013:

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