Esta web usa cookies para mejorar tu experiencia de usuario. Si continúas entendemos que das tu consentimiento. Leer más.

Jurismática

No dejes que tu yerno registre tus dominios

Jurismática 9 de mayo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,16 minutos.

Ronald M. Gaswirth presentó una demanda UDRP (Caso FA1303001490145) contra su yerno David Schnitzer por el dominio gaswirth.com, coincidente con el apellido familiar.

El dominio fue registrado en 2002 y usado para la web de la familia Gaswirth hasta 2012: negocios, cuentas de email, etc..

El demandante pagó las renovaciones hasta 2007. Cuando el dominio fue registrado, la hija del demandante se casó con el demandado, que ayudó al registro del dominio, poniéndolo a su nombre. Este "pequeño detalle" fue advertido por el padre cuando la web dejó de funcionar…

Y es que desde 2010 su hija y ex-yerno están embarcados en un largo proceso judicial de divorcio. El dominio no resuelve a ningún sitio, pero el ex-yerno sigue renovándolo.

El dominio, según afirma el padre,es reconocido dentro de Estados Unidos por la labor de su familia, habiend adquirido un significado secundario.

El ex-yerno alega que el demandado no tiene derechos de marca o el término significado secundario. Dice que como consecuencia del divorcio se le concedieron todos los derechos sobre Martech International, con cuya tarjeta de crédito se pagaron las renovaciones y que el no era un simple contacto administrativo del mismo.

Leer el resto de este artículo ⇒

Sin pruebas las afirmaciones no tienen peso en una demanda UDRP

Jurismática 7 de mayo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,52 minutos.

Bangz Inc. ha perdido la demanda UDRP que puso por bangz.com (Caso FA1302001486688).

Bangz no tenía marca registrada para el término, no presentó pruebas de ser conocida por el término. De hecho parece que se limitó a presentar la demanda sin ninguna evidencia que la soportara.

El propio demandante argumentaba que el demandante no poseía la marca registrada porque hay muchos salones de belleza Bangz en Washington. Es decir, el mismo decía que no tenía derechos exclusivos sobre el término.

El panelista único, Debrett G. Lyons, tenía un caso de fácil resolución. Argumentó en su decisión que no había nada que substanciara derechos de marca, ni siquiera que apoyara las afirmaciones del demandante. Así pues son aserciones con ningún o muy poco peso.

Ninguna prueba de que comenzara el negocio bajo Bangz en 1994. Tampoco de los premios que dice haber recibido, ni de su repuación, ni de la publicidad o promoción que dice haber hecho.

Por el contrario Bangz no es distintivo en cuanto a salones de belleza ya que hay tercas partes no relacionadas con el demandante utilizándolo.

Bwin se hace vía UDRP con el dominio de tres letras wpt.es

Jurismática 24 de abril de 2013 Tiempo estimado de lectura: 2,02 minutos.

La conocida empresa Bwin con sede en Gibraltar se hizo vía UDRP con el dominio acrónimo wpt.es que tenía registrado en Red.es el sueco Gluck Goran (Caso DES2013-0002).

Goran no contestó a la demanda formalmente sino que se limitó a enviar una comunicación informal por correo electrónico. La panelista única Antonia Ruiz López otorgó en dominio al demandante. De su argumentación destacamos los siguientes puntos:

-Tal y como ha quedado acreditado, la denominación wpt se asocia en el mundo del póker a la Demandante (o a las empresas de su Grupo empresarial), dicha denominación ha sido objeto de registros de marcas en Estados Unidos y en la Unión Europea con anterioridad al registro del Nombre de Dominio, siendo también una de las Demandantes, la entidad Peerless Media Limited, titular del nombre de dominio wpt.com, creado el 16 de febrero de 1996.

– Se da también la circunstancia de que, al introducir la denominación wpt en buscadores de Internet, los resultados de la búsqueda se refieren a las Demandantes mayoritariamente.

– No ha quedado suficientemente acreditado que la marca WPT fuera ya una marca notoria cuando fue registrado el Nombre de Dominio, al menos en el mundo del póker o de los torneos de póker. No obstante, el Demandado debía conocer perfectamente este sector, puesto que en su página Web asociada al Nombre de Dominio se ofrecían servicios en relación con dicho sector antes de que recibiera el requerimiento de los Demandantes y esto último sí ha sido probado por la Demandante.

Leer el resto de este artículo ⇒

Whois spoofing: Google vs Google

Jurismática 23 de abril de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,33 minutos.

Es relativamente sencillo para cualquiera hacer spoofing o suplantación de identidad en los datos del whois. Aparentemente el dominio GoogleDNSService.com es de Google:

El nombre, teléfono, dirección son los habituales de Google, sin embargo el email es dns-admin@googlednsservice.com. El email habitual de Google para el whois es dns-admin@google.com.

El dominio fue registrado el 7 de Febrero y Google tardó menos de un mes en tramitar un procedimiento UDRP. El caso FA1303001488629 oficialmente tiene el nombre de Google Inc. v. Google Inc. El panelista, James A. Carmody, ordenó la transferencia del dominio a Google.

No es la primera vez que una gran empresa se gana a sí misma en un procedimiento UDRP en circunstancias similares: Microsoft Corporation vs. Microsoft Corporation por el dominio microsoftetest.com.

Un Tribunal canadiense adjudica dominio amenazado con UDRP y 4.500 dólares

Jurismática 16 de abril de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,42 minutos.

Leap Of Faith Financial Services, la empresa de George Kirikos, ha ganado el juicio por el dominio Pupa.com. El Tribunal le concedió las costas judiciales pero no  los gastos en que incurrió derivados de la UDRP que le puso la firma italiana de cosméticos Micys.
 
En Junio del año pasado Micys inició el procedimiento UDRP y Kirikos presentó una demanda judicial en Ontario (Canadá).

El panel de la WIPO cerró el procedimiento UDRP sin una decisión debido al juicio pendiente por el dominio. El Tribunal Superior de Justicia de Ontario dictaminó que Pupa.com era legalmente de Leap y que la otra parte no tenía derechos sobre el dominio (parte que no se presentó en el juicio).

El demandado fue condenado a pagar los gastos judiciales que ascendieron a 4.500$, pero no los de la defensa UDRP del dominio.

Leap estuvo representada en la UDRP por Zak Muscovitch y en los tribunales por Andrew Bernstein y Sarah Whitmore de Torys LLP.

Dominio recién comprado perdido en un procedimiento UDRP

Jurismática 3 de abril de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,30 minutos.

En Febrero Freshlook.com fue comprado en una subasta de SnapNames por 3.500$.

Dos semanas después fue presentada una demanda UDRP en el NAF y el panelista único otorgó el dominio al demandante.

El demandado, Endurance International Group, no alegó nada en el procedimiento y el dominio cuando se inició el proceso apuntaba a una página en parking con anuncios relacionados con la marca. demandante.

Links relacionados con lentes de contactos relativos al demandante o a sus competidores no se consideró como un uso de buena fe del dominio.

Debido a la notoriedad de la marca registrada del demandante el panelista aceptó que el demandado era consciente de la misma y de los derechos que lleva aparejados.

No tienes derecho al dominio porque tengas una idea de negocio para el

Jurismática 1 de abril de 2013 Tiempo estimado de lectura: 0,30 minutos.

Edward Smith intentó comprar el dominio Joopa.com para un nuevo negocio (el cual actualmente está desarrollado en Joopa.tv).

Primero ofreció 500$ por el dominio, más adelante llegó hasta los 2.600$. El propietario del dominio quería una cifra superior. Así que Smith solicitó una marca para el termino Joopa y cuando la consiguió registrar interpuso una demanda UDRP para hacerse con el dominio.

Los panelistas Carolyn M. Johnson, Kendall Reed y David E. Sorkin acordaron que la demanda había sido puesta de mala fe y el caso era un intento de secuestro inverso de dominios: Un dominio registrado en 2000 que más de una decada después recibe una UDRP porque no consiguió comprarlo.

Cuando los dominios de tu empresa están a nombre de tus empleados

Jurismática 29 de marzo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,00 minutos.

La empresa TCR Business Systems presentó una demanda UDRP por el dominio texascash.com (Caso D2013-0183).

El dominio fue registrado, según alega TRC, por un empleado suyo (Rod Smith) para la empresa. Rod alega de que no han presentado evidencias de que le hubieran reembolsado los gastos del registro y que el había permitido que la empresa usara ese dominio durante dos años. Adjunta un acuerdo entre ellos en que había aceptado transferirles el dominio texascashregister.com, pero no el otro.

También dice que no está usando el dominio para crear confusión, ya que apunta a la web del demandante.

El panelista único William R. Towns denegó la demanda aduciendo que el demandante no había demostrado derechos marcarios sobre Texas Cash. Dijo tambíen que el determinar si Rod había registrado el dominio en nombre de la empresa o en el suyo propio está fuera del ámbito de los procedimientos UDRP.

Independientemente de quien esté diciendo la verdad y como comenta Andrew Allemann, es frecuente ver casos donde un empleado descontento o despedido retiene algún dominio o donde una segunda empresa (por ejemplo de diseño web) que registró dominios a nombre de un cliente también los retiene.

Las probabilidades de que esto suceda se reducen a cero si los dominios están a nombre de tu empresa.

El caro recorrido de una objeción a una solicitud de nueva extensión

gTLD | Jurismática 25 de marzo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 2,15 minutos.

Se han presentado una buena cantidad de objeciones a nuevas extensiones. Las objeciones pueden ser de 4 tipos: confusión con gTLDs existentes o solicitados, violación de derechos legales del objetor, violación de la moral u orden público establecidos internacionalmente, oposición de parte de la comunidad a la que va dirigida la nueva extensión.

¿Qué recorrido tiene una objeción?

A diferencia de una demanda UDRP, las tasas son más altas pero disponen de más flexibilidad.

El plazo de presentación de objeciones finalizó el pasado 13 de Marzo, publicando la ICANN en 30 días un documento con todas aquellas que acepta a trámite.

Una vez publicado el documento cada centro donde se ha prsentado la objeción deberá avisar al solicitante y al objetor. El solicitante de la nueva extensión dispondrá de 30 días para presentar sus alegaciones.

Tanto las objeciones como las alegaciones están limitadas a 5.000 palabras o 20 páginas. Si el solicitante no presenta sus alegaciones o no paga 10 días después de de haberlas presentado, el objetor gana automáticamente.

Se escogerá un Panel en un plazo de 30 días tras haber recibido las alegaciones del solicitante. El objetivo es resolver las disputas en un plazo máximo de 45 dias tras la formación del Panel. Sin embargo hay bastantes cosas que pueden retrasar este plazo. Por ejemplo:

– Los paneles pueden demmandar pruebas adicionales, teniendo las partes 30 días para presentarlas.

– Ambas partes pueden pedir una extensión de 30 días en caso de que haya un proceso de mediación.

– Si una de las partes presenta una demanda judicial el Panel puede suspender o finalizar el proceso.

El número de miembros del Panel depende del tipo de objeción:

Leer el resto de este artículo ⇒

Tergiversando hechos en las UDRPs

Jurismática 20 de marzo de 2013 Tiempo estimado de lectura: 1,42 minutos.

Un panelista ha denegado la demanda UDRP de Diamond Resorts Holdings por estos 15 dominios:

diamondclubmember.net, diamondclubmembership.com, diamondclubmembership.net, diamondcruisevacation.com, diamondhotelvacation.com, diamondmember.net. diamondmembership.net, diamondresortvacation.com, diamondvacationclub.com, diamondvacationclub.net, diamondvacationpoints.com, diamondvacationrewards.com,
diamondvacationrewards.net, diamondvacationsclub.com, diamondvacationsclub.net

El panelista cuestionó la credibilidad de la información presentada por el demandante del siguiente modo:

"El Panel no está en posición de juzgar la credibilidad de cada parte o quién dice la verdad y quién no. Pero puede asegurar que de los materiales remitidos por las partes se desprende que la versión de los hechos presentada por el demandadante puede no ser exacta."

El demandante alegaba que el demandado tenía un largo historial de registro de dominios con el propósito de venderlos, citando un intercambio de emails adjunto como Anexo C. Sin embargo no ha presentado ninguna prueba de ello: ni listas de dominios registrados por él que incorporen marcas de terceros ni decisiones UDRP adversas que lo califiquen como ciberocupa.

Leer el resto de este artículo ⇒