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Jurismática

Más casos URS perdidos en Nuevas Extensiones

Jurismática | nTLD 31 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 0,49 minutos.

Heartland Payment Systems, que gestiona 80.000 millones de dólares en pagos, ha perdido dos procedimientos URS por los dominios Heartland.ventures (caso  FA1403001547419) y Heartland.holdings (caso FA1403001547394).

El procedimiento URS (Uniform Rapid Suspension) fue diseñado como una versión más barata y rápida que los procedimientos UDRP para casos claros de ciberocupación (The URS is not intended for use in any proceedings with open questions of fact, but only clear cases of trademark abuse).

"Heartland” puede referirse a otras cosas aparte de la compañía de pagos. El panelista para los dos casos, M. Isenberg, cita la definición como término común del diccionario webster online (parte central de un terreno).

Los dominios estaban en parking con links no rrelacionados con Heartland y algunos que aparecen incidentalmente y sí están relacionados (Heartland Payment, Heartland Bank ).

En todo caso no son prueba de que el uso del dominio esté inequívoca y fuertemente asociado a la marca del demandante. La especulación con dominios tampoco es prueba en sí misma de mala fe, según el procedimiento URS.
 

Primera demanda UDRP ganada para un dominio de una Nueva Extensión

Jurismática | nTLD 25 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 2,16 minutos.

Canyon Bicycles de Koblenz (Alemania) representado por Hogan Lovells International (Francia) ha conseguido ganar el primer caso UDRP en una Nueva Extensión (Caso D2014-0206) por el dominio canyon.bike.

El demandante es un fabricante a nivel mundial de bicicletas de montaña y triatlón. Tiene agentes comerciales en 10 paises y subsidiarias en 6, incluida Holanda, donde reside el demandado. Tiene varias marcas registradas CANYON, usadas en conexión el negocio de las bicis.

El demandado afirmaba ser ciclista y diseñador web. El dominio está en el parking del Agente Registrador Go Daddy.

El demandante decia, entre otras cosas, que el dominio incorporaba su marca y la extensión .bike reforzaba la confusión. Que no era concebible que no conociera su marca en el momento del registro.

El demandado argumentaba que registró el dominio para aumentar su red y entrar en contacto (amistoso) con Canyon. Que mucha gente de la industria del ciclismo no es consciente de las Nuevas Extensiones y que se presentó la demanda antes de que pudieran hablar, y que el demandante hubiera podido recibir el dominio sin recurrir a la UDRP. Afirmaba que muchas empresas han estado contentas con sus acciones.

El panelista único, Andrew D. S. Lothian, ordenó la transferencia del dominios demanda argumentando que:

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Primera demanda URS denegada

Jurismática | nTLD 24 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 0,37 minutos.

Sir Richard Branson, multimillonario dueño del conglomerado de más de 360 empresas Virgin Group,  ha solicitado la suspensión de varios dominios de Nuevas Extensiones bajo el procedimiento URS en el NAF:

VirginGalactic.guru
RichardBranson.holdings
VirginAustralia.holdings
Branson.guru

El panelista Douglas M. Isenberg denegó la suspensión del dominio (Caso FA1402001545807). El demandado no contestó nada a la demanda

Los abogados de Branson argumentaron que no había ninguna razón realista o creible para registrar o usar branson.guru. Que se quería capitalizar la reputación de Richard Branson.

El panelista recordó que el URS está pensado únicamente para casos claros de abusos de marca.

En este caso el uso dado al dominio, que parece ser genérico, ha sido su monetización en el parking del Agente Registrador GoDaddy, sin hacer referencia al demandante.

Mismo demandante, mismo panelista, mismo dominio, decisiones diferentes

Jurismática 18 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 1,32 minutos.

La Liga de Fútbol Profesional Francesa (LFP) presentó dos demandas UDRP por los dominios ligue1.org (Caso D2014-0014) y ligue1.biz (Caso D2014-0013). En el primer caso la LFP no obtuvo el dominio, en el segundo sí.

En los dos casos la LFP argumentó lo mismo:

– La LFP tiene varias marcas registradas LIGUE 1.

– El dominio se pretende aprovechar de la notoriedad de la marca y la confusión creada.

– El demandado no tiene derechos ni intereses legítimos en el dominio y tampoco es conocido por el mismo.

En ninguno de los dos casos el demandado contestó a estos argumentos, sin embargo el del ligue1.biz dijo que si el objeto era recuperar el dominio, por él no había problema:

"Néanmoins, dans un courriel en date du 6 février 2014, le Défendeur a indiqué ce qui suit: “Je ne comprends pas l’objet de la plainte. Si c’est pour récupérer le nom de domaine www.ligue1.biz par la LFP, cela ne me dérange pas. Je suis ok pour leur laisser”.

Así que el panelista de este caso, Martine Dehaut, entendió esto como un consentimiento unilateral y sin más razonamientos ordenó la transferencia del dominio.

En el caso de ligue1.org, el mismo panelista Martine Dehaut llevó a cabo dos búsquedas en Google.fr: en la primera  LIGUE 1 está asociado en los resultados a la liga de fútbol profesional francesa. En la segunda búsqueda (Ligue 1 + nombre del demandado) aparecían resultado relacionados con la competición de coches de radiocontrol y la liga que la federación francesa organiza y en la que el demandado participa.

El experto también señala que el dominio en disputa fue registrado hace más de 10 años. ¿Por qué el demandante esperó tanto tiempo para reaccionar?. En archive.org vió que el dominio estuvo en uso en relación a la competición de radiocontrol. Es un uso legítimo del dominio que no denota mala fe.

Kiko.com comprado por 65.578 dólares salva una UDRP

Jurismática 17 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 1,06 minutos.

Kiko S.R.L. de Bergamo (Italia) ha perdido su demanda UDRP para hacerse con el dominios kiko.com (Caso D2013-2130).

Los propietarios del dominio, The World Executive Group Inc., de Massachusetts lo compraron en 2010 por $65.578 para montar una red social.

El demandante tiene la marca registrada KIKO para promocionar sus productos de cosmética en varios países, entre ellos Estados Unidos desde 1994.

El demandado es una empresa tecnológica china con sede administrativa en Estados Unidos. Tiene marca registrada en China para una imagen que incluye el término KIKO.

Entre 1999 y 2010 el dominio ha tenido varios usos, no relacionado con el demandado, que lo compró en Mayo de 2010 y lo usó para un proyecto de red social.

Esa web cesó y el dominio estuvo en parking hasta el 1 de Enero de 2014 momento en el que se le dió otro uso.

Estos hechos indujeron al panel a pensar que la compra del dominio y su posterioor uso había sido de buena fe, demostrando intereses legítimos en el dominio.

El uso del dominio en parking con links de pago no constituye mala fe en el uso, porque de la prueba aportada por el damandante, ninguno de esos lins está relacionado con la actividad del demandante.

El panel desestimó lo siguiente en relación a que el dominio hubiera sido comprado con intención de venderlo: el demandado recibió una oferta poco después de comprar el dominio de una "casa de sotware italiana" a la que respondió simplemente con un 300,000$ USD. 

Elvis consigue vía UDRP Graceland.com

Jurismática 13 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 1,49 minutos.

Elvis Presley Enterprises, empresa fundada por Elvis en 1954, ha obtenido vía UDRP el dominio registrado hace 20 años graceland.com (Caso Elvis Presley Enterprises, Inc. v. Simon Higgs).

El demandante decía, entre otras cosas, que tener un dominio de manera pasiva es prueba de mala fe y que se lo había ofrecido por 200.000$. Ellos tienen Graceland.org. Que en Febrero de 2014 aún salían anuncios AdSense no bloqueados relativos a Graceland y Elvis.

El demandado decía que había otras terceras partes que usaban Graceland como Graceland Christian Church, que es un término genérico "tierra de gracia o gracia de Dios en la tierra". Que la web a la que apunta el dominio ha sido usada para poner textos bíblicos en varios idiomas, lo cual ha supuesto un esfuerzo en tiempo y dinero . Y que ponía anuncios de AdSense para costear el hosting. Afirmaba que había sido el demandante el que le había ofrecido 200.000$ por el dominio y que había declinado la oferta diciendo que el dominio no estaba en venta.

El panel compuesto por tres miembros (Dawn Osborne, Neil Anthony Brown y Sebastian Matthew White) argumentó entre otras cosas las siguientes para otorgar el dominio al demandante:

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El modelo de negocio de registrar acrónimos de tres caracteres

Jurismática 3 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 1,30 minutos.

La empresa AGL Energy Limited de Melbourne no ha conseguido obtener el dominio acrónimo registrado hace 15 años AGL.com (Caso D2013-1817).

El propietario del dominio John M. Van John estaba representado por el abogado y experto en dominios Ari Goldberger de ESQwire.com.

Este caso es interesante porque uno de los panelistas, Andrew F. Christie, quería aplicar un nuevo criterio a dominios genéricos que formaran parte o fueran iguales a marcas registradas.

El demandante es una empresa australiana de generación y distribución de gas que opera desde 1837. Tiene varias marcas registradas AGL en Australia y Nueva Zelanda desde 1975. También 44 dominios que incorporan la marca.

El dominio ha pasado por manos de otras terceras partes hasta que el demandado lo adquirió en 2011. Históricamente ha estado en parking con links no relacionados con la actividad del demandante.

El demandado alegaba que el dominio era un acrónimo que no tenía un significado secundario asociado a la marca del demandante y que otras terceras partes podrían tener el mismo derecho sobre él. El demandado ademas es de Estados Unidos estando focalizado el negocio del demandante en Australia. El demandante tiene además otros cientos de dominios de tres letras acrónimos por su valor genérico.

Los panelistas Diane Cabell y Christopher Pibus estimaron que no era intención del demandado aprovecharse de la marca del demandante sino que simplemente uno de los acrónimos que registro coincidía con la marca.

El panelista Christie consideraba que el modelo de negocio de registrar combinaciones de tres caracteres por sí mismo no daba intereses legítimos en el dominio. Consideraba que el demandado debe demostrar algún tipo de conexión entre sus actividades presentes o futuras y el dominio, ya sea en conexión a ofrecer servicios o productos o un uso legítimo no comercial o de buena fe.

Según Christie el demandante estaba monetizando la marca del demandante a través de links de pago, lo cual no constituye un interés legítimo en el dominio.

Un juez otorga al multimillonario Donald Trump 32.000$ por 4 dominios

Jurismática 3 de marzo de 2014 Tiempo estimado de lectura: 0,48 minutos.

Donald Trump

Un juez ha adjudicado al multimillonario Donald Trump (en la foto) al que se le atribuye una fortuna de 5.200 millones de dólares la suma de 32.000$. No cobrará esta cantidad porque el demandado es insolvente, pero sí que obtuvo los dominios en disputa.

J. Taikwok Yung (autodenominado domainer) desarrolló 4 webs (trumpmumbai.com, trumpindia.com, trumpbeijing.com, trumpbudhabi.com) parodiando con comentarios a menudo ofensivos a Donald Trump y sus shows televisivos "The Apprentice" y "The Celebrity Apprentice".

Los abogados de Trump presentaron una demanda por ciberocupación en Marzo de 2013 en el distrito de Brooklyn. Bajo la ACPA (Anticybersquatting Consumer Protection Act) solicitaban 100.000$ por dominio, el máximo.

El abogado James Weinberger decía a la CNN que "esto debía servir para parar a Yung o cualquier otro que quiera registrar dominios que incluyan la marca de Trump con propósitos comerciales". TRUMP es una marca registrada en los Estados Unidos.

Las 4 webs fueron desarrolladas en 2007, el mismo año que Trump anunció sus planes para construir en Mumbai y Bangalore. En 2010 Yung rechazó 100$ por dominio que le ofrecía Trump.

IBM usa el URS para que se suspendan los dominios ibm.guru e ibm.ventures

Jurismática | nTLD 25 de febrero de 2014 Tiempo estimado de lectura: 0,37 minutos.

IBM ha presentado una demanda URS (Uniform Rapid Suspension) en el National Arbitration Forum por los dominios ibm.guru e ibm.ventures (Caso International Business Machines Corporation v. Denis Antipov).

Los dos dominios fueron registrados el 31 de Enero durante la fase EAP (Early Access Program) del lanzamiento de las Nuevas Extensiones. Fueron registrados con whois privado y antes de que IBM se protegiera comprando el Domains Protected Marks List de Donuts. Con este producto, por 600$ al año se bloquean los dominios coincidentes con la marca en las nuevas extensiones que obtenga Donuts (ha pedido más de 300).

El proceso URS es más barato (De 1 a 15 dominios 375$) y rápido que el UDRP pero el demandante no gana el control de los dominios si gana, simplemente los dominios son suspendidos.

La demanda fue presentada el 5 de febrero y la decisión fue tomada por Darryl C. Wilson el 12 de Febrero.

Daniel Tena Barroso de Iurismática comentaba la esperada Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el caso Svensson (C-466/12).

El caso gravitaba sobre enlaces que dan acceso a obras protegidas y la interpretación que debe hacerse de los mismos, en el sentido de lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Directiva 2001/29. Se trataba de dilucidar si el facilitar enlaces a obras protegidas debe calificarse como “puesta a disposición” y en consecuencia, si constituye o no un "acto de comunicación pública". Esta es una sentencia puede tener importantes consecuencias para el funcionamiento de la red.

A modo de ejemplo, la European Copyright Society, formada por profesores de propiedad intelectual de renombre, sostenía en un dictamen sobre este caso, que:

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