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Thunayan Khalid AL-Ghanim ha perdido el dominio lh.com.

En virtud de una polémica decisión de un panel de tres miembros del NAF (National Arbitration Forum), el dominio fue transferido a la compañía aérea Deutsche Lufthansa AG

LH es un acrónimo sobre el cual hay infinidad de empresas y negocios (por ejemplo estos) que podrían reclamar tener los mismos derechos que Lufthansa dice tener en exclusividad. A pesar de que AL-Ghanim había presentado una demanda judicial en el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York reclamando que no había violado ningún derecho de Lufthansa al registrar el dominio y que la aerolínea no tiene ningún derecho exclusivo sobre la marca LH, el panel decidió seguir adelante.

Según la norma UDRP 18(a), el panel en esta circunstancia tiene la potestad de suspender, cancelar o continuar con el proceso. En todo caso, y a pesar del resultado final, la demanda judicial sigue adelante. Para Sahar Sarid, hay bastantes posibilidades de que Elequa gane en los tribunales y augura que esta demanda será una pesadilla para Lufthansa.  

No sería la primera vez para él. Ya perdió el dominio qnx.info por una decisión WIPO (caso QNX Software Systems Ltd. v. Future Media Architects, Inc. and Thunayan K AL-Ghanim), pero más tarde lo recuperó en un Tribunal Federal.

En el caso de lh.com, incluso uno de los miembros del panel (David E. Sorkin) disiente con la decisión final porque no cree que el dominio fuera registrado de mala fe. No cree que el demandado fuera consciente de la marca del demandante cuando adquirió el dominio y aunque hubiera sido así no cree tampoco que hubiera elegido el dominio para perjudicar  a Lufthansa, dado que LH puede tener otros usos.

El panel, en un texto plagado de referencias a otras resoluciones UDRP, justifica su decisión en base a:

1) El demandante ha establecido derechos sobre la marca LH. Es notoria debido a su continuo uso y fama.

2) La marca LH del demandante no es genérica.

3) El demandado (Future Media Architects, Inc.) no es ni ha sido comúnmente conocido por lh.com. El demandado no le ha cedido en ningún momento derechos sobre LH. Por lo tanto, no tiene intereses o derechos legítimos en el dominio.
 
4) El demandado usa el dominio para una web donde aparece su buscador OXIDE y una serie de links PPC. El demandante dice que obtiene beneficios de tráfico que le correspondería a él. El panel encuentra que este no es un uso de buena fe, ni un uso no comercial, ni un uso justo o aceptable del dominio según la Política 4(c)(i),(iii).
 
5) El modelo de negocio del demandado involucra el registro o compra masiva e indiscriminada de tantos dominios como le sea posible. Es evidente que no busca usar ningún dominio en particular para un negocio, ni es conocido por ese nombre ni está interesado en los derechos que el anterior propietario le hubiera podido eventualmente transferir. Por este punto y el anterior, el panel considera que el demandante ha demostrado suficientemente la falta de derechos o intereses legítimos del demandado.

6) El demandante alega que el demando sigue un modelo de registro de dominios de mala fe, que impiden que el propietario de una marca registrada la use en un dominio. Aporta como pruebas decisiones UDRP previas que fallaron en su contra: Calcar, Inc. v. Future Media Architects, Inc., Nat’l Rifle Ass’n of Am. v. Future Media Architects,   QNX Software Sys. Ltd. v. Future Media Architects, Inc.

El panel admite que el dominio en liza ha sido registrado y usado de mala fe de acuerdo con la política 4(b)(ii) (un demandado ha sido objeto de procesos UDRP donde las decisiones fueron la transferencia de los dominios en disputa que contenían la marca registrada por los demandantes).

Además el panel ha verificado que se se da registro y uso de mala fe del dominio en las otras tres circunstancias establecidas por la política:

4(b)(i) El demandado ofreció alquilar o ceder el dominio por una cantidad que excede notoriamente los costes del mismo.

4(b)(iv) El demandado obtiene beneficios de la confusión creada entre los usuarios de Internet que llegan al dominio. 

4(b)(iii) El demandante alega que algunos links presentados por la web eran a competencia directa suya. Después de contactar con él, dichos links relativos a viajes fueron eliminados para evitar que un panel pudiera inferir mala fe del hecho de atraer usuarios de manera lucrativa a webs competencia del demandante.

(Actualización 21-enero-2009): Thunayan Khalid AL-Ghanim recuperó en los tribunales lh.com. Sahar Sarid no se equivocó.  

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Thunayan Khalid AL-Ghanim recupera en los tribunales lh.com | Dnzapping

21 de enero de 2009 at 22:56

[…] Thunayan Khalid AL-Ghanim había perdido perdido el dominio lh.com en virtud de una polémica decisión. El dominio fue transferido a la compañía aérea Deutsche Lufthansa AG. […]

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