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El 20 de Abril de 2011 la ICANN enviaba una carta a Xavier Buck, CEO de EuroDNS, informándole que tenía 15 días para subsanar el incumplimiento del contrato como Agente Registrador acreditado.

El fondo del asunto era que el Agente no había transferido el dominio Facebok.com que un cliente suyo perdió vía UDRP en Septiembre del año pasado ni la ICANN tenía constancia de la comunicación de la implementación de esta decisión a las partes, al proveedor UDRP y a la propia ICANN.

EuroDNS no había transferido el dominio porque el asunto fue finalmente a los tribunales. El demandado había robado el dominio y un juez les solicitó que no transfirieran el dominio a nadie hasta que quedara claro quien era el propietario del mismo. Este caso sigue pendiente de resolución: "si transferimos el dominio antes de la decisión del juez vamos a ser responsables en nuestro propio país y si no lo hacemos estaremos rompiendo el contrato como Agente Registrador de la ICANN."

El 25 de Abril Xavier le envió una carta a la ICANN explicando por qué no habían transferido el dominio y su disconformidad con la publicación del aviso de ruptura de contrato, que dañaba la reputación de EuroDNS. Le informaba también que en este sentido su empresa se reservaba el derecho de exigir una reparación.

Decía que la ICANN había sido notificada y solicitaba a la ICANN que cubra las posibles indemnizaciones que le pudieran imputar a EuroDNS si completaba la transferencia del dominio incumpliendo la orden del juez.

El 4 de Mayo Khalil Rasheed, Gestor de Conformidad de Contratos de la ICANN, le escribió otra carta a Xavier en la que decía que la carta del 25 de Abril incluía numerosas aserciones superfluas e inexactas en las que no iba a entrar, a excepción de que se pusieron en contacto con EuroDNS el 31 de Marzo, antes del envío del aviso de ruptura de contrato.

Khalil afirmba que Xavier no había proporcionado una explicación adecuada y le hacía tres preguntas para intentar clarificar la situación:

1. ¿Ha recibido una orden judicial prohibiendo la transferencia del dominio a Facebook?. Si es así, envíenos una copia.

2. Si no es así, especifíquenos la ley o normativa que le impide transferir el dominio.

3. Incluso si legalmente le hubieran prohibido transferir el dominio, especifíquenos el requerimiento legal que cree que le habilita para seguir teniendo el dominio activo y en uso por el demandado (el cual fue declarado como ciberocupa por la WIPO y un abogado de una tercera parte considera considera que es un ladrón).

Envíenos también una copia de todos los registros relacionados con el dominio que se le exige tener y compartir con la ICANN a EuroDNS en virtud de su acreditación de acuerdo con la sección 3.4 del Contrato, incluyendo datos del registro del dominio y correspondencia.

En respuesta a la cuestión planteada por Xavier, la ICANN no indemnizará a EuroDNS ni le dará soporte legal en este asunto.

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