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La ICANN va a requerir que los Agentes Registradores bloqueen los dominios durante dos días tras haber recibido una demanda UDRP de un proveedor habilitado (para que no pueda transferir el dominio). La fecha para implementar los cambios en todos los Agentes Registradores acreditados por la ICANN es el 31 de Julio de 2015. Las modificaciones en la política UDRP son las siguientes:

1. Se definen los términos Lock y Pendency en la política UDRP.

2. Los demandantes UDRP ya no deben enviar una una copia de la demanda al demandado.

3. El Agente Registrador debe bloquear el dominio durante dos días al recibir la demanda de un proveedor UDRP.

4. Cuando el proveedor UDRP informe al Agente de que la demanda ha sido retirada o desestimada, el Agente debe desbloquear el dominio en un día laborable como mucho.

5. Los demandados pueden solicitar 4 días naturales adicionales para enviar sus alegaciones y los proveedores UDRP deben concederlos automáticamente.

6. Los Agentes Registradores deben notificar a las partes, a la ICANN y al proveedor UDRP la fecha de la implementación de la decisión en tres dias laborales tras la recepción de la misma.

7. Se establece un nuevo procedimiento a seguir en el caso de que las partes lleguen a un acuerdo antes de que se emita la decisión:

(I) Las partes deben suministrar un aviso por escrito solicitando la suspensión del procedimiento UDRP.

(II) El proveedor UDRP debe dejar constancia de que ha recibido correctamente la petición de suspensión y debe informar al Agente registrador de la misma.

(III) Las partes deben informar al proveedor UDRP del acuerdo al que han llegado. El proveedor UDRP deberá mantener confidencialidad sobre el contenido del acuerdo.

(IV) El proveedor UDRP debe confirmar al Agente, con copia a las partes, de las acciones que debe llevar a cabo el Agente.

(V) Tras recibir la notificación del proveedor UDRP el Agente debe quitar el bloqueo del dominio en dos días laborables.

(VI) El demandante debe confirmar al proveedor UDRP que el acuerdo se ha implementado.

(VII) El proveedor UDRP debe cerrar el caso.

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