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Un panel UDRP formado por tres miembros (Richard DiSalle, Karl V. Fink y Neil Anthony Brown) denegaron la demanda por el dominio eWomen.com registrado hace 18 años.

El demandante, eWomenNetwork Inc., alegaba haber registrado la marca estilizada EWOMEN en el USPTO  en 2012 con primer uso comercial en 2000. Gestiona un negocio orientado a mujeres emprendedoras vía internet.

El dominio fue adquirido por el demandado en 2009. Es utilizado para generar ingresos vía pago por click.

Los razonamientos sintetizados del panel fueron los siguientes:

– El demandado no registró el dominio de mala fe ya que lo hizo antes de que el demandante registrara la marca correspondiente. Exactamente tres años antes de la peticion y adjudicación de la marca. La política UDRP exige que exista registro Y uso del dominio de mala fe. Dado que no se da la primera condición el panel no ha emitido ningún juicio sobre el uso del dominio.

EWOMEN es un término compuesto en esencia de una palabra genérica. Refuerza la tesis de registro de buena fe del dominio.

Han dejado 1 comentario...

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Ceder un dominio a una marca sin acumular una UDRP perdida en el historial

21 de septiembre de 2015 at 9:53

[…] La diferencia es que el propietario del dominio acumula un caso más en su historial de UDRPs perdidas, en este caso serían ya dos UDRPs en total y una defendida con éxito (caso por ewomen.com). […]

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