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El CEO de VIACOM (Las grandes corporaciones siguen acaparando dominios genéricos premium), Philippe Dauman, ha perdido la UDRP por el dominio coincidente con su nombre y primer apellido philippepierredauman.com (Caso D2013-1255).

El demandado alegaba que el demandante no ha registrado su nombre como marca, que no es famoso o ampliamente conocido, que su nombre no ha sido usado comercialmente y que el tiene un proyecto para el dominio que consiste en video streaming de noticias.

El panelista único,Richard G. Lyon, argumentaba sobre el núcleo de este caso: ¿puede un demandante tener derechos sobre un dominio coincidente con su nombre y/o apellidos?.

Este tipo de dominios si han sido registrados como marcas están, en general, protegidos bajo la política UDRP. La política UDRP no tiene especificada ninguna protección para los dominios personales que no hayan sido registrados como marcas y estén siendo usados comercialmente.

Para establecer derechos de marca, el demandante puede probar que su nombre ha llegado a tener un grado de distintividad en relación a la comercialización de productos o servicios suficiente como para tener derechos no marcarios.

Tener un nombre famoso, como el de un hombre de negocios de éxito que no lo usa para la actividad que desarrolla, no es suficiente para establecer derechos en el nombre.
 
En este caso el demandante cita 11 casos UDRP para soportar su afimación de que la gente famosa establece derechos de marca simplemente por la asociación que hace la gente entre la persona y su nombre. Sin embargo, en estos casos se establece que la fama por si sola no basta. En el caso de un actor o una estrella del deporte, por ejemplo, sí es suficiente porque su nombre es usado comercialmente. Uno va a ver una película porque sale Julia Roberts o compra una camiseta porque tiene el número de tal jugador.

El demandante no ha alegado usar su nombre en relación a la comercialización de productos o servicios. Su fama dentro del mundo de los negocios no es suficiente. Aún así tiene la opción de acudir a los tribunales amparándose en la ley ACPA (Anticybersquatting Consumer Protection Act), que expresamente reconooce o da protección a los nombres personales.

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