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Jorge Campanillas y la BBC, entre otros, se hacían eco de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 24 de Noviembre de 2011.

El caso enfrentaba desde 2004 a la Société belge des auteurs, compositeurs et éditeurs (SABAM) con el prestador de servicios de Internet Scarlet Extended) para obligar a éste, mediante requerimiento judicial, a la implantación de un sistema de filtrado sin ningun tipo de restricción que no permitiese cualquier forma de envío o recepción de obras musicales sin la autorización de sus titulares, algo que técnicamente es viable.

SABAM llegó a la conclusión de que los internautas que utilizan los servicios de Scarlet descargan en Internet, sin autorización y sin pagar derechos, obras que figuran en su catálogo mediante redes P2P.

Scarlet fue citada ante el Presidente del Tribunal de Primera Instancia de Bruselas a petición de SABAM, que alegó que Scarlet, en su condición de prestador de servicios, está en la mejor situación para adoptar medidas dirigidas al cese de las infracciones de derechos de autor cometidas por sus clientes.

SABAM solicitó, en primer lugar, que se declarase la existencia de infracciones de los derechos de autor de obra musicales pertenecientes a su repertorio (derecho de reproducción y de comunicación al público), como consecuencia del intercambio P2P, infracciones cometidas a través de la utilización de los servicios de Scarlet.

Después SABAM solicitó que se condenara a Scarlet a poner fin a dichas infracciones, impidiendo o bloqueando cualquier forma de envío o de recepción por sus clientes de archivos que reproduzcan una obra musical sin autorización de sus titulares mediante un programa P2P, con apercibimiento de multa coercitiva. Por último, SABAM solicitó que Scarlet le comunicara, bajo pena de multa coercitiva, la descripción de las medidas que fuera a adoptar en cumplimiento de la sentencia que se dictase.

 

El Tribunal deja claro que la implantación de estos sistemas vulneraría otros derechos:

Si se adoptara el requerimiento judicial por el que se obliga a Scarlet a establecer el sistema de filtrado, el órgano jurisdiccional nacional en cuestión no respetaría el requisito de garantizar un justo equilibrio entre el derecho de propiedad intelectual y la libertad de empresa, el derecho a la protección de datos de carácter personal y la libertad de recibir o comunicar informaciones.

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