Análisis de la responsabilidad por los contenidos de una web
Los dueños de la web mindoniense.com (uno de ellos, J.A.B., en la foto) han sido absueltos por la Audiencia Provincial de Lugo (España) después de haber sido demandados por los comentarios que se realizaron en su página contra el Alcalde de Mondoñedo.
Este es el primer caso de este tipo en el que la Audiencia Provincial se pronuncia y decide aplicar la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) y no la Ley de Prensa. Son situaciones diferentes: Un editor tiene facultades de control y supervisión, mientras que, como se examinará, en el foro es imposible si son contenidos ajenos, siendo evidente el riesgo de lesiones de otros bienes jurídicos (como el del demandante) pero por imperativo legal, no responderá el servidor o almacenador, como regla general, salvo cuando realice un acto positivo, más allá de la simple facilitación de un servicio, mediante la creación de contenidos propios o seleccionando ajenos, o cuando tenga conocimiento efectivo de que la información almacenada es ilícita, y finalmente no actúe con diligencias para retirar tales datos.
Según el artículo 16 de la LSSI referente a la Responsabilidad de los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos:




















