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Un panel formado por tres miembros ha denegado la demanda de la empresa alemana Solar Technology por el dominio sma.com (Caso D2012-0905).
 
El demandado, Specialized Micro Architects, no respondió nada y el dominio no ha sido usado activamente en años. Esta compañía que registró el dominio desapareció en 1990. El contacto administrativo del dominio es Michael A. Platko de Virginia.

El demandante tiene 350 marcas registradas a nivel mundial, 152 de ellas son para el término SMA. En 2010 facturó 2.600 millones de dólares al año. Por las circunstancias del caso era todo un reto demostrar la mala fe: el registro se hizo hace 17 años y el dominio no ha sido usado para ninguna web durante muchos años sino nunca.
 
El demandante intentó comprar el dominio sin éxito en 2005, antes de que fuera renovado como muestra la siguiente conversación:

(Platko): ¿Cuánto estáis dispuestos a pagar?
 
(Representante del demandante): ¿Cuáles son tus expectativas?
 
(P) 100 millones de dólares. Enviadme un propuesta.
 
(R) No vamos a pagar 100 millones de dólares, pero nos gustaría hacer una oferta seria, ¿podemos discutirlo?
 
(P) Enviadme un propuesta.
 
(R) ¿A qué dirección? Está activa la dirección de Specialized Micro Architects o debo enviarla a Auburn Road address…
 
(P) Colgó el teléfono.

Después intentó enviarle ofertas a través del Agente Registrador Network Solutions, pero no obtuvo ninguna respuesta.
 
En 2011 un investigador localizó a Platko a través de su madre y tuvo una conversación con él para intentar comprarle el dominio. Platko le dijo que no comprendía cómo todavía había gente que le llamaba para comprarle el dominio. Le dijo que no quería hablar más y que el dominio no estaba en venta.
 
El demandante intentó caracterizar la conducta de Platko como mala fe para obtener un precio desproporcionado por el dominio. Sin embargo el panel no estaba de acuerdo, lo veía más como una intención de retener el dominio a largo plazo. Las pruebas demuestran que Platko trata el dominio como algo que no está en venta.
 
Además el registro del dominio era previo a las marcas del demandante. Las razones del demandado para no dar uso al dominio no son claras, pero teniendo en cuenta el resto de circunstancias no se puede inferir de ello que sea abusivo.

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